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Europa

La ley sobre presos de ETA se limita a cumplir con la legislación europea, subrayan Marlaska y Díaz

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La ley sobre presos etarras se limita a cumplir con la legislacion europea subraya Marlaska VLaE7w

Luxemburgo/Londres (EuroEFE).- El Gobierno español se limita a cumplir con la legislación europea al impulsar el proyecto de ley sobre intercambio de antecedentes penales, que permitirá excarcelar antes de lo previsto a 44 presos de ETA, aseguraron este jueves el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, y la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

La enmienda introducida en el proyecto de ley sobre antecedentes penales consiste «simplemente en trasponer una normativa de la Unión Europea«, dijo Grande-Marlaska a la prensa a su llegada al Consejo de Interior que se celebra este jueves en Luxemburgo.

El ministro, que criticó la «desgraciada instrumentalización» por parte del PP de las victimas del terrorismo, manifestó que la polémica enmienda da respuesta a la insistencia de la UE de que España tiene que transponer correctamente la normativa europea sobre el periodo máximo de cumplimiento de las penas.

Esa normativa marco data de 2009 y expone el reconocimiento mutuo de las sentencias dictadas dentro de los países de la Unión Europea al objeto de determinadas decisiones judiciales, como podría ser la determinación del periodo máximo de cumplimiento de las penas, explicó el ministro.

Una normativa que los tribunales españoles aplicaron desde el año de su aprobación, de manera que se tuvieron en cuenta las sentencias dictadas en Francia contra etarras para la acumulación de penas, y que se traspuso oficialmente a la normativa española en 2014, pero de forma «no correcta«, añadió Marlaska.

«En esos términos y a partir de ese momento, siempre la Unión Europea nos ha mirado con la concreción de que no había una correcta transposición de esa normativa«, señaló, y añadió que los tribunales españoles han formalizado varias cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE por las dudas generadas.

Una enmienda de Sumar

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, habla con medios españoles este jueves en Londres. EFE/Guillermo Garrido

El tema se remonta a hace una década, cuando la legislación española se reformó para adecuarse a una normativa europea que pretende armonizar el cumplimiento de las condenas en los estados miembros y evitar que una persona cumpla penas en varios países por un mismo delito.

En España, el Gobierno incluyó una disposición que impidió que presos de ETA que habían cumplido penas en Francia se beneficiaran del ajuste.

Ahora, la reforma aprobada por el Congreso incluye una enmienda de Sumar (izquierda) -socios del Gobierno socialista- para derogar esa excepción.

La principal representante de Sumar en el Ejecutivo, la vicepresidenta segunda Yolanda Díaz, insistió también este jueves en la importancia de trasponer la legislación europea porque es «fuente de derecho» y por el bien de «la democracia española».

«Lo que está haciendo el Reino de España es cumplir con la legislación europea y con las directivas en esta materia«, dijo Díaz a medios españoles durante un viaje a Londres, donde se reunió con la ministra británica de Trabajo y Pensiones, Liz Kendall.

En el mismo sentido, Grande-Marlaska subrayó lo «relevante» que es «trasponer correctamente una normativa europea donde se dice textualmente la importancia del reconocimiento de las resoluciones judiciales entre países de la Unión Europea», ya que ayuda a la «mutua confianza» entre los Estados miembros.

«Es decir, que una resolución judicial dictada por un juez de Madrid tenga en París el mismo valor que una resolución dictada por un juez de Marsella«, ejemplificó el titular de Interior.

Ese cumplimiento con las obligaciones europeas de España, recalcó Marlaska, compagina con el respeto «absoluto» por parte del Gobierno de España «a los sentimientos de las víctimas del terrorismo«.

«Nosotros siempre lo decimos, no instrumentalizamos a las víctimas del terrorismo y lo único es que nos sirven como de referente ético siempre y en todo momento», concluyó.

El pleno del Senado español acordó el martes, a petición del conservador Partido Popular, aplazar el debate del proyecto de ley sobre intercambio de antecedentes penales, que se votará en una sesión extraordinaria antes del próximo lunes.

La reforma de esa ley -que permitiría computar en España las condenas de etarras cumplidas en otros países– fue aprobada por unanimidad de todos los partidos en el Congreso en septiembre y no recibió tampoco enmiendas para el debate en el Senado.

Con el aplazamiento del debate, los populares, mayoritarios en el Cámara Alta, ganan tiempo a la espera de que el Ejecutivo decida si mantiene el texto o lo retira, como ha exigido la oposición.

Editado por Lucía Leal

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Duras críticas del presidente polaco por la suspensión temporal del asilo: «Es un terrible error»

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Cracovia (Polonia) (EuroEFE).- El presidente polaco, Andrzej Duda, arremetió este miércoles contra las nuevas medidas migratorias del primer ministro Donald Tusk, que incluyen la suspensión temporal del derecho de asilo, al considerar que «no funcionarán» y son «un terrible error».

Duda, que acudió al Parlamento para valorar el primer año de Gobierno del Ejecutivo de Tusk, se suma así al coro de críticas que ha levantado el giro en la política migratoria anunciado la víspera y que incluye la suspensión temporal del derecho de asilo para extranjeros en Polonia en determinados casos.

En opinión del presidente ultraconservador, cambiar la Ley de Protección a los Extranjeros de esta manera «no servirá para sellar la frontera«, y señaló que el presidente ruso, Vladímir «Putin y (el mandatario bielorruso, Alexandr) Lukashenko están tratando de desestabilizar la situación» en su frontera con Polonia.

«Si la respuesta del Estado a esto es privar de un refugio seguro a las personas a las que encarcelan y persiguen… creo que es un terrible error«, enfatizó.

En Polonia viven unos 50.000 bielorrusos, gran parte de ellos con el estatus de refugiado político, pero esta cifra, que data de 2022 y es la última facilitada por Varsovia, podría ser aún mayor.

Defensores de los Derechos Humanos, juristas, políticos de la oposición e incluso cuatro viceministros del propio Gobierno se han manifestado en contra de una decisión, que Tusk ha justificado aduciendo que otros países, como Finlandia, han dado pasos parecidos.

Prezydent RP @AndrzejDuda w #SejmRP:

💬 Zapowiedź premiera z ostatnich dni dotycząca nieprzyznawania azylu politycznego nie posłuży uszczelnieniu naszej granicy. Za to uniemożliwi przedstawicielom np. białoruskiej opozycji schronienie w Polsce. A przecież Polska była, jest i…

— Kancelaria Prezydenta (@prezydentpl) October 16, 2024

En un tenso Consejo de Ministros celebrado el martes y que duró más de seis horas, los socios de la coalición Izquierda, que gobiernan en alianza con Tusk, subrayaron su desacuerdo con un cambio que -aseguraron- no se les había consultado y que les lleva a cuestionarse la continuidad de su apoyo a este Gobierno.

La decisión adoptada por Tusk, que él mismo calificó de «difícil, pero muy necesaria», tiene como objetivo principal reducir la presión migratoria en la frontera con Bielorrusia, donde, según un informe de Frontex, se registraron desde enero más de 13.000 intentos de entrada ilegales, casi el triple que el año pasado.

En una entrevista publicada este miércoles en el diario Gazeta Wyborcza, Tusk afirmó que la suspensión del derecho de asilo es «una medida temporal«, y admitió que la mayoría de los inmigrantes en situación irregular que hay ahora en el país no podrán ser deportados, «porque proceden principalmente de países con los que Polonia no tiene ningún acuerdo» para devolverles allí».

Pero, advirtió, «el derecho de asilo se concede únicamente a quienes son realmente perseguidos en su país y su regreso amenaza su vida«, mientras que, en su opinión, muchas de las personas que intentan llegar a Polonia desde Bielorrusia «son delincuentes o personas asociadas con grupos terroristas».

«Son liberados de las cárceles, organizados en grupos de falsos migrantes y enviados a nuestra frontera por el Gobierno de Minsk«, alegó.

En un mensaje en la red social X, Tusk -de la liberal Plataforma Cívicapareció responder al discurso de Duda, vinculado al partido ultraderechista Ley y Justicia (Pis).

«El presidente de un partido. Empezó mal y termina mal. Pero termina», afirmó Tusk en aparente referencia a que el mandato de Duda acabará en 2025.

Prezydent jednej partii. Źle zaczął, źle kończy. Ale kończy.

— Donald Tusk (@donaldtusk) October 16, 2024

Polonia, reconvenida en varias ocasiones por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y que fue señalada en un informe especial de la ONU sobre Migración por llevar a cabo «devoluciones en caliente» en la frontera bielorrusa y por no atender solicitudes de asilo, lleva años con la migración como uno de los temas que más emociones despierta en la sociedad.

En Polonia, la migración se considera un tema de seguridad nacional, más que económico o incluso ético, y el estallido de la guerra rusa en la vecina Ucrania, que provocó la llegada de un millón y medio de refugiados, junto a la tensión permanente en la frontera bielorrusa, son considerados como una prueba de que, en tiempos turbulentos, las leyes deben ser diferentes a las de los tiempos de paz.

Editado por Lucía Leal

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Bruselas descarta aplicar a la red social X las normas más estrictas de la ley antimonopolio digital

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Bruselas descarta aplicar a la red social X las normas mas estrictas de la ley antimonopolio digital A42HJJ

Bruselas (EuroEFE).- La Comisión Europea descartó este miércoles designar a la red social X como una gran plataforma en virtud de la ley antimonopolio de mercados digitales, por lo que no la obliga a cumplir con los requisitos más estrictos de las nuevas normas de competencia comunitarias.

Bruselas aseguró que la red social sí cumple con el número mínimo de usuarios mensuales que la obligarían a considerarla como tal, pero que «tras un profundo análisis de todos los argumentos» llegó a la conclusión que no actúa como un «importante» puente de enlace entre las empresas y los usuarios que utilizan X.

El Ejecutivo comunitario, por tanto, considera que no puede violar las normas antimonopolio al aprovechar los datos que obtiene de sus usuarios para competir con las empresas que emplean la red social para vender productos o servicios a esas mismas personas.

We’ve concluded that the online social networking service of X should not be designated as a core platform service under the Digital Markets Act.

Our investigation revealed that X is not an important gateway for business users to reach end users.

More info ↓

— European Commission (@EU_Commission) October 16, 2024

La Comisión abrió la investigación el pasado 13 de mayo y subrayó que, en cualquier caso, seguirá «examinando los acontecimientos en el mercado con respecto al servicio» que ofrece X a fin de identificar «cualquier cambio sustancial» que pueda emerger.

Bruselas, no obstante, sí designó a la red social como una gran plataforma en aras de cumplir la ley de servicios digitales, la otra gran normativa que ha aprobado la Unión Europea para controlar a las grandes empresas de internet, que las obliga a eliminar rápidamente el contenido ilegal si tienen conocimiento de ello.

El Ejecutivo comunitario, de hecho, mantiene abierta una investigación formal contra X por considerar que no ha combatido suficientemente la propagación de contenido terrorista, tras el ataque de la organización palestina Hamás contra Israel del 7 de octubre del año pasado y porque cree que no es suficientemente transparente en el funcionamiento de sus algoritmos ni en los anuncios que muestra a sus usuarios.

La investigación podría terminar con la imposición de una multa de hasta un 6 % de su volumen anual de negocio antes de que acabe el año.

A la hora de establecer la cuantía exacta, la Comisión está discutiendo actualmente si debe tener en cuenta el volumen anual de negocio de la plataforma o de su propietario, Elon Musk, ya que en este último caso se tendrían que tener en cuenta todos los negocios del magnate, con lo que la cantidad de la infracción, sería mucho mayor.

Editado por Sandra Municio

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Europa

La Justicia europea resuelve un litigio de Telefónica Germany y falla en otro caso contra ‘Don Simón’

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La Justicia europea resuelve un litigio de Telefonica Germany y falla en otro caso contra Don Simon rBSu95

Bruselas (EuroEFE).- El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) refrendó este miércoles el uso parcial de la marca E-Plus por parte de Telefónica Germany para tarjetas SIM y servicios y redes de telefonía móvil, y -en otros dos litigios- falló a favor de la empresa española Fractalia Remote Systems y en contra de compañía propietaria de la marca Don Simón.

En el caso de la filial alemana de la empresa de telefonía española, el TGUE respaldó la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de declarar la caducidad parcial de la marca E.Plus cuya antigüedad reclamaba Telefónica Germany, al aducir su registro como marca alemana en mayo de 1998.

La EUIPO tuvo que pronunciarse sobre este asunto tras la solicitud presentada en abril de 2021 por la empresa estadounidense ePlus de que declarase la caducidad total de la marca en la Unión Europea, ya que argumentaba que Telefónica Germany había dejado de usarla desde que en 2014 adquirió el grupo E-Plus, y que desde entonces solo comercializaba sus servicios con la marca O2.

En junio de 2023, la EUIPO consideró que el uso efectivo de la marca impugnada E.plus había quedado demostrado respecto de los servicios de telecomunicaciones -concretamente, los servicios de telefonía móvil y los servicios de suministro de acceso a Internet (SAI)–, la explotación de redes de telecomunicaciones –concretamente, redes de telefonía móvil, redes de SAI y transmisión de mensajes.

Sin embargo, determinó que el uso efectivo de dicha marca no había sido probado respecto de los servicios de telecomunicaciones (salvo los servicios de telefonía móvil y los servicios de SAI) y de la explotación de las redes de telecomunicaciones (salvo las redes de telefonía móvil y las redes de SAI).

En particular, consideró que las pruebas aportadas por Telefónica Germany no demostraban el uso efectivo de la marca impugnada respecto de todos los servicios pertenecientes a la amplia categoría de las telecomunicaciones.

Por lo tanto, la oficina con sede en Alicante desestimó el resto del recurso de Telefónica Germany, mientras que desestimó en su totalidad el recurso interpuesto por ePlus, lo que llevó a amas compañías a recurrir por separado esa decisión ante el Tribunal General.

En sus sentencias de este miércoles, ese tribunal europeo de primera instancia -con sede en Luxemburgo- desestimó ambos recursos y dio la razón a la EUIPO.

La Oficina de la Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO), con sede en Alicante (España), en una imagen de archivo. EFE/Pep Morell/ARCHIVO

El Tribunal General consideró que la EUIPO obró correctamente al declarar que la categoría de las telecomunicaciones comprende servicios que pueden dividirse en subcategorías, y que los servicios de telefonía y de mensajería, así como los servicios de SAI forman parte de esas categorías, en virtud de las diferentes finalidades que persiguen.

En cuanto al recurso de ePlus, el Tribunal General consideró demostrado que Telefónica Germany favoreció la coexistencia de la marca E-plus con su marca O2.

Y, en concreto, las pruebas permiten concluir que Telefónica Germany proporcionaba servicios de telefonía móvil, de explotación de redes de telefonía móvil y de envío de mensajes con la marca e-plus utilizando su propia red.

Fallo contra la marca ‘Simon Life’

En una sentencia distinta, el TGUE desestimó la queja de la empresa murciana J. García Carrión -propietaria de la marca Don Simón– y permitió el registro de una marca rumana para bebidas denominada LimoLife, que la compañía española había impugnado previamente por parecerse demasiado a su marca Simon Life.

El conflicto se remonta a 2020, cuando la empresa rumana Calipso solicitó el registro de LimoLife como marca de la UE para limonadas y otras bebidas no alcohólicas.

Pocos meses después, la marca española se opuso a este registro y el caso acabó ante la justicia europea después de una serie de recursos en los que la EUIPO dio la razón a la empresa rumana.

Según informó el tribunal con sede en Luxemburgo en un comunicado, J. García Carrión no ha logrado demostrar que la EUIPO se equivocara en su análisis y que, aunque Simon Life designa el mismo tipo de bebidas que LimoLife, «no hay riesgo de confusión«.

En este sentido, la justicia europea confirma que el elemento común entre ambas marcas, «life», tiene un carácter distintivo escaso, así como que las marcas tienen una baja similitud «gráfica, fonética y conceptual».

«El Tribunal General considera que los argumentos esgrimidos por J. García Carrión no permiten poner de relieve error alguno en el análisis llevado a cabo por la EUIPO», aseguró el Tribunal General.

Victoria para la española Fractalia

Vista del logo del Tribunal Europeo de Justicia en Luxemburgo, en una imagen de archivo. EFE/EPA/Mohammed Badra

En un tercer fallo, el tribunal desestimó un recurso contra una decisión de la EUIPO que permitió a la empresa madrileña Fractalia Remote Systems mantener su marca, pese a la oposición de la estadounidense Fractal Analytics.

«La EUIPO obró correctamente al declarar que había habido un uso efectivo de la marca FRACTALIA Remote Systems (…) y al desestimar la solicitud de caducidad respecto de los mismos», señaló en un comunicado el TGUE.

La firma española solicitó ante la EUIPO en 2006 el registro de la marca Fractalia Remote Systems y su signo figurativo para varios servicios, como publicidad y gestión de negocios, administración comercial, trabajos de oficina, telecomunicaciones, o concepción y desarrollo de ordenadores y de programas informáticos, entre otros.

Pero en 2021, la empresa neoyorquina Fractal Analytics presentó una solicitud de caducidad contra el registro español, aduciendo que no se había hecho un uso efectivo de la misma durante un período ininterrumpido de cinco años, en concreto, entre el 27 de enero de 2016 al 26 de enero de 2021.

Tras una primera decisión de la EUIPO a favor de la empresa estadounidense, Fractalia Remote Systems añadió pruebas adicionales como contratos, certificados y un informe financiero sobre su contabilidad, y en enero de 2023, la citada oficina estimó parcialmente ese recurso y anuló parcialmente la resolución anterior.

En concreto, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea aceptó la validez de la marca en lo relativo a servicios de alquiler de máquinas de oficina, gestión comercial de licencias de programas informáticos por cuenta de terceros o servicios de telefonía móvil y fija, entre otros.

Ante esa decisión, la estadounidense Fractal Analytics recurrió ante el Tribunal General, que en su sentencia de hoy desestimó el recurso de la firma neoyorquina.

«El Tribunal General señala que la facultad de apreciación de la EUIPO a la hora de decidir si debía admitir como prueba los once elementos añadidos no estaba limitada por un umbral de admisibilidad más estricto u riguroso. Añade que la EUIPO no cometió ningún error al aceptar tener en cuenta esas pruebas aportadas por primera vez en fase de recurso», señaló el tribunal.

Editado por Lucía Leal

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